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VAWA

La Ley de Violencia Contra las Mujeres (VAWA en inglés), fue aprobada por el Congreso de EE.UU en 1994. Al ser reformada la Ley de Inmigración (INA), se añadió un nuevo apéndice para proteger a extranjeros víctimas de maltrato. Aunque la ley tiene la palabra “mujer” en el título, los hombres o personas maltratadas de cualquier género pueden presentar una petición de VAWA siempre y cuando puedan demostrar que son elegibles. Las leyes penales y civiles de Estados Unidos reconocen derechos a las personas sin importar su estatus migratorio. Aquellas personas que son abusadas por sus propios parientes cercanos, pueden por esta vía obtener un estatus legal.

Usted debe probar su relación con el agresor, también debe demostrar que tiene un “buen carácter moral” y que ha sufrido agresión física o crueldad extrema.

La elegibilidad para solicitar VAWA, incluye a hombres y mujeres:

Cónyuge: Si ha sido abusado personalmente por un ciudadano o residente permanente o también su hijo. Incluye a niños y jóvenes solteros menores de 21 años.

Padres: La ley también protege a padres de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes abusados por sus hijos.

Niño: Los menores de 21 años solteros pueden presentar una petición de VAWA por sí mismos en caso de abuso doméstico.

El solo hecho de presentar la petición no le permitirá trabajar legalmente. Una vez que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE.UU. (USCIS) apruebe su petición de VAWA, el USCIS también le dará un permiso de trabajo legal, que se conoce como un “Documento de Autorización de Empleo”.

Si el/la agresor/a es ciudadano/a de los EE.UU., es posible que usted pueda conseguir un permiso de trabajo más rápido que si el/la agresor/a es un/a residente legal permanente. Es posible que quiera discutir el proceso para conseguir su permiso de trabajo con su abogado/a ya que una vez que su petición sea aprobada, pueden haber documentos adicionales que deba presentar, dependiendo de su situación.

Cuando usted presenta una petición de VAWA, es posible que pueda incluir algunos de sus familiares cercanos como “derivados/as”. Si el/la agresor/a es:

  • su esposo/a: puede incluir a sus hijos/as que sean menores de 21 años y que no se hayan casado al momento de haber presentado su petición.
  • su padre/madre: puede incluir a sus hijos/as que sean menores de 21 años y que no se hayan casado al momento de haber presentado su petición.
  • su hijo/a adulto/a: usted no puede incluir a otros/as familiares como derivados/as.

Los casos de VAWA en matrimonios entre parejas del mismo sexo, son similares a los matrimonios de hombre y mujer. Las víctimas de violencia doméstica LGBT, gozan de los mismos derechos de protección.

Debido a que la ley de inmigración es tan complicada y la petición de VAWA es un área especial de la ley de inmigración, le alentamos encarecidamente a usted y a su intercesor/a de violencia doméstica a trabajar con un/a abogado/a con experiencia en VAWA. Contáctanos para ayudarte con este proceso, las necesidades de nuestros clientes son nuestra prioridad.

Si usted es víctima de violencia, pero no es elegible para una petición de VAWA, vea la sección de Visa U para Victimas del Crimen y/o Visa T para Victimas de la Trata de Personas en nuestra página web para resolver si es posible que usted sea elegible para cualquiera de esos beneficios de inmigración. La mejor forma para determinar su elegibilidad es discutir su situación personal con un/a abogado/a de inmigración.

Debido a que la ley de inmigración es tan complicada y la petición de VAWA es un área especial de la ley de inmigración, le alentamos encarecidamente a usted y a su intercesor/a de violencia doméstica a trabajar con un/a abogado/a con experiencia en VAWA. Contáctanos para ayudarte con este proceso, las necesidades de nuestros clientes son nuestra prioridad.

VISA U

El Congreso creó un estatus de visa U en el año 2000 para ayudar a las víctimas del crimen. El propósito de la visa U es motivar a las víctimas del crimen a ayudar a las agencias que hacen cumplir la ley a investigar y procesar crímenes sin miedo a ser deportadas. La visa U no cubre todos los crímenes pero sí incluye violencia doméstica, acecho, agresión sexual y agresión grave, entre otros crímenes.

La visa U le permite vivir legalmente en los Estados Unidos por cuatro años. Después de tres años de tener la visa U, puede solicitar la residencia permanente para quedarse en los Estados Unidos permanentemente. (Y si recibe su residencia permanente, podrá eventualmente solicitar la ciudadanía estadounidense).

Las víctimas de cualquiera de los siguientes crímenes puede calificar para una visa U si el crimen ocurrió en los EE.UU.: violación; tortura; tráfico; incesto; violencia doméstica; agresión sexual; contacto sexual abusivo; prostitución; explotación sexual; acecho; mutilación de los genitales femeninos; haber sido retenido/a como rehén; peonaje; servidumbre involuntaria; comercio de esclavos/as; secuestro; abducción; restricción criminal ilegal; encarcelamiento erróneo; chantaje; extorsión; homicidio; asesinato; asalto criminal con felonía; manipulación de testigos; obstrucción de la justicia; perjurio; o atentar, conspirar o pedir que se cometan cualquiera de los crímenes mencionados.

Sin embargo, ser víctima de uno de estos crímenes no le hace que califique automáticamente. 

La elegibilidad para solicitar Visa U, incluye a hombres y mujeres:

  1. Debe conseguir una certificación de las agencias que hacen cumplir la ley u otra agencia certificadora que diga todo lo siguiente:
  • usted es víctima de uno de los crímenes de visa U;
  • el crimen ocurrió en los EE.UU., incluyendo territorios y posesiones de los EE.UU., o en una base militar de los EE.UU.;
  • usted tiene información sobre el crimen; y,
  • usted fue de ayuda, está siendo de ayuda o es posible que sea de ayuda en la investigación.

 

  1. Además, debe demostrar que:
  • Usted sufrió daño físico o mental sustancial por el crimen; y,
  • ninguna de las “bases de inadmisibilidad” le aplica. Las “bases de inadmisibilidad” son una larga lista de crímenes y otros actos que impiden que una persona consiga estatus o entre a los EE.UU. Nota: Si una de las bases de inadmisibilidad le aplica, usted debe pedir un “perdón” para poder calificar para una visa U. Dependerá del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE.UU. (USCIS) decidir si usted debe recibir ese perdón después de considerar las ventajas y desventajas de su caso.

El solo hecho de presentar la petición no le permitirá trabajar legalmente. Una vez que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE.UU. (USCIS) apruebe su petición de Visa U, USCIS también le dará un permiso de trabajo legal, que se conoce como un “Documento de Autorización de Empleo” vigente por los 4 años que dura el proceso de la Visa U.

Si el/la agresor/a es ciudadano/a de los EE.UU., es posible que usted pueda conseguir un permiso de trabajo más rápido que si el/la agresor/a es un/a residente legal permanente. Es posible que quiera discutir el proceso para conseguir su permiso de trabajo con su abogado/a ya que una vez que su petición sea aprobada, pueden haber documentos adicionales que deba presentar, dependiendo de su situación.

Cuando usted presenta una petición de Visa U, es posible que pueda incluir algunos de sus familiares cercanos como “derivados/as”. Si el/la agresor/a es:

  • Si usted es mayor de 21: puede incluir a su esposo/a y a sus hijos/as menores de 21 que no estén casados/as. 
  • Si usted es menor de 21: puede incluir a su esposo/a e hijos/as que no estén casados/as, al igual que a sus padres y hermanos/as menores de 18 que no estén casados/as.

Si usted solicitó su Visa U pero después se casó, puede incluir a su nuevo/a esposo/a como un/a derivado/a. Si su nuevo/a esposo/a tiene hijos/as que eran menores de 18 años cuando ustedes se casaron, también les puede incluir.

Sus familiares no tienen que ser víctimas del crimen o tener certificaciones de las agencias que hacen cumplir la ley. Sin embargo, ellos/as deben demostrar que no tienen prohibido conseguir estatus debido a las “bases de inadmisibilidad”.

Debido a que la ley de inmigración es tan complicada y la petición de Visa U es un área especial de la ley de inmigración, le alentamos encarecidamente a trabajar con un/a abogado/a con experiencia en Visa U. Contáctanos para ayudarte con este proceso, las necesidades de nuestros clientes son nuestra prioridad.

Si el/la agresor/a es ciudadano/a de los EE.UU., es posible que usted pueda conseguir un permiso de trabajo más rápido que si el/la agresor/a es un/a residente legal permanente. Es posible que quiera discutir el proceso para conseguir su permiso de trabajo con su abogado/a ya que una vez que su petición sea aprobada, pueden haber documentos adicionales que deba presentar, dependiendo de su situación.

PETICIONES BASADAS EN LA FAMILIA USC

Si usted es un ciudadano estadounidense, puede solicitar que ciertos miembros de su familia obtengan la residencia permanente legal (Tarjeta Verde). Convertirse en residente permanente legal es un proceso que consiste de dos partes. Usted debe presentar el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, y su familiar debe presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, para recibir la visa de inmigrante a través del Departamento de Estado.

Presentar una petición para un familiar y demostrar una relación familiar elegible, le da a su familiar un turno de espera junto con otras personas del mismo país o región que esperan inmigrar basados en el mismo tipo de relación familiar. Cuando llegue el turno de visa de su familiar, este podrá ser elegible para inmigrar después de aprobar la verificación de antecedentes requerida y satisfacer los requisitos de admisión.

Como ciudadano estadounidense, usted puede solicitar por los siguientes

Familiares Inmediatos:

  • Su cónyuge
  • Un hijo soltero menor de 21 años de edad; o
  • Sus padres (si usted tiene al menos 21 años de edad o más).

Familiares Preferenciales:

  • Hijos o hijas solteros mayores de 21 años
  • Hijos casados de cualquier edad
  • Hermanos y hermanas (si el solicitante, ciudadano de los Estados Unidos, es mayor de 21 años)

El Congreso ha limitado el número de familiares que pueden inmigrar anualmente bajo estas categorías, lo que significa que generalmente hay un período de espera antes de que esté disponible un número de visa de inmigrante.

PETICIONES BASADAS EN LA FAMILIA LPR

La Residencia Permanente Legal es un estatus que permite a las personas que califican, poder trabajar y vivir en los Estados Unidos . Además, es un requisito básico para solicitar la ciudadanía. 

NOTA: Tome en cuenta que el hecho de ser Residente Permanente Legal, NO significa que usted lo sea por siempre o que pueda vivir permanentemente en el país. Si usted comete ciertas faltas podría perder su Residencia. Contáctanos para no perder tu estatus y apoyarte en el proceso de Ciudadanía.

  • Su cónyuge
  • Un hijo soltero menor de 21 años de edad; o
  • Hijos solteros de cualquier edad.

RENOVACION DACA

  • Cumplir con los requisitos iniciales de DACA de 2012;
  • No haber salido de los Estados Unidos sin un permiso adelantado de reingreso en o después del 15 de agosto de 2012;
  • Haber residido continuamente en los Estados Unidos desde que presentó su petición más reciente de DACA que le fuera aprobada, y
  • No ha sido convicto de un delito grave, un delito menor significativo o tres o más delitos menores, o no es de alguna otra forma una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.

Por favor, tenga en cuenta que, si usted presenta su petición después que haya vencido su periodo de DACA más reciente, pero dentro del plazo de un año de su vencimiento, puede presentar una petición de renovación de DACA. Si va a presentar su petición después de que haya transcurrido un año de que venciera su periodo de DACA más reciente, aún puede hacerlo mediante la presentación de una nueva petición inicial.

USCIS recomienda que los beneficiarios de DACA envíen sus solicitudes de renovación entre 120 y 150 días antes de que expire su DACA actual.

RENOVACION PERMISO DE TRABAJO

También conocido como “autorización de trabajo”, “documento de autorización de empleo” o “EAD”, un permiso de trabajo normalmente sólo puede concederse junto con una solicitud pendiente para algún otro tipo de alivio o beneficio, como asilo, ajuste de estatus, VAWA, etc.

Los permisos de trabajo sólo están disponibles en combinación con un estatus de inmigración que usted ya tiene, o junto con una solicitud ante USCIS para obtener un estatus migratorio. Estatus / aplicaciones de inmigración comunes incluyen:

  • Asilo
  • DACA
  • NACARA
  • Temporary Protected Status (TPS) (Estatus de Protección Temporal)
  • Ajuste de estatus a residencia permanente

Las renovaciones deben ser enviadas 90 días antes de la expiración de su permiso de trabajo actual.

CIUDADANIA ESTADOUNIDENSE N400

La Ciudadanía Estadounidense es un estatus otorgado a los Residentes Permanentes Legales que cumplen con todos los requisitos y aprobaron el examen de ciudadanía del Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS). 

 

Generalmente, un Residente Permanente Legal puede solicitar la ciudadanía cuando: 

  • Tiene al menos 5 años con su Residencia Permanente Legal; o
  • Tiene al menos 3 años con su Residencia, solo en caso de que su esposo sea ciudadano estadounidense y residan juntos actualmente.
  • Tener 18 años de edad en el momento que presenta su solicitud;
  • Ha sido un residente permanente legal por los pasados tres o cinco años (según la categoría de naturalización bajo la cual solicita);
  • Ha residido y estado físicamente presente en Estados Unidos;
  • Puede leer, escribir y hablar inglés básico;
  • Demuestra buen carácter moral;
  • Demuestra conocimiento y entendimiento de la historia y gobierno de EE. UU.;
  • Demuestra una lealtad a los principios de la Constitución de EE. UU., y
  • Está dispuesto a tomar el Juramento de Lealtad.
  • El examen los hace un oficial USCIS y está compuesto por dos partes:

    1. Prueba de educación cívica. De un banco de 100 preguntas, el oficial le hará diez, de las cuales debe contestar seis para aprobar.
    2. Prueba de inglés. Se divide en tres partes, conversación, lectura y escritura.
    • Examen oral. El oficial determinará su habilidad para hablar inglés.
    • Examen de lectura. Deberá leer correctamente una o dos oraciones en inglés.
    • Examen de escritura. Deberá escribir correctamente de una a tres oraciones en inglés.

    Después de aprobar el examen USCIS le notificará su decisión, de ser aprobada, le citarán para la ceremonia de naturalización. Allí prestará el juramento de lealtad y luego recibirá su certificado de naturalización, evidencia oficial de que ya es un ciudadano estadounidense.

Fallar el examen de ciudadanía no tiene ninguna consecuencia migratoria para el aplicante. Usted tendrá la oportunidad de presentar de nuevo el examen de inglés y de conocimientos cívicos para poder convertirse en ciudadano. USCIS le citará entre 60 y 90 días a partir de la fecha de la entrevista inicial para que realizar de nuevo el examen. Si usted falla de nuevo el examen, deberá iniciar de nuevo el proceso de solicitud de ciudadanía.

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